Convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario para alumnado matriculado en Melilla y centros del estado español en el exterior en el curso 2008-2009
Se convocan 5.426 ayudas para libros de texto y material didáctico complementario por un importe de 542.600,00 euros para el alumnado matriculado en 2008-2009 en centros españoles sostenidos con fondos públicos situados en el exterior y en la Ciudad de Melilla en cualquier curso de Educación Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria, de acuerdo con el siguiente reparto:
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Alumnado de Melilla: 5.026 ayudas.
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Alumnado del exterior: 400 ayudas.
La cuantía individual máxima de las ayudas será de 100,00 euros.
Tendrán preferencia para la adjudicación de las ayudas quienes obtuvieron una de las ayudas para adquisición de libros y material didáctico complementario convocadas por el Ministerio de Educación y Ciencia en el curso académico 2007-2008, siempre que no cambien de nivel educativo. A estos efectos, se considerará que integran nivel educativo los siguientes cursos:
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Nivel de Primaria: Los cursos primero a sexto de Educación Primaria.
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Nivel de Secundaria: Los cursos primero a cuarto de Educación Secundaria Obligatoria.
Las restantes ayudas se adjudicarán por orden inverso de magnitud de renta per cápita de la familia del solicitante.
1. La renta familiar a efectos de beca se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio 2007 de cada miembro computable de la familia que se calcularán según se indica en los párrafos siguientes y de conformidad con la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
2. Para la determinación de la renta de los miembros computables que hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se procederá del modo siguiente:
Se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro, excluyéndose los saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales correspondientes a ejercicios anteriores a 2007. De este resultado se restará la cuota resultante de la autoliquidación.
3. Para la determinación de la renta de los miembros computables que obtengan ingresos propios y no hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se seguirá el procedimiento descrito en el párrafo primero anterior y del resultado obtenido se restarán los pagos a cuenta efectuados.
4. Hallada la renta familiar por el procedimiento descrito en los párrafos anteriores, se deducirán 1.805,00 euros cuando el/la solicitante pertenezca a una familia numerosa oficialmente reconocida.
5. Para el cálculo de la renta familiar a efectos de beca, son miembros computables de la familia el padre y la madre, el/la tutor/a o persona encargada de la guarda y protección del/la menor, en su caso, el/la solicitante, los/as hermanos/as solteros/as menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2007 o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad, así como los/as ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente.
En el caso de divorcio o separación legal de los padres no se considerará miembro computable quien no conviva con el/la solicitante de la beca. Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable y sustentador/a principal, en su caso, el/la nuevo/a cónyuge o persona unida por análoga relación cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del cómputo de la renta y patrimonio familiares.
Las solicitudes deberán formularse en el modelo oficial que figura como Anexo I a la presente Resolución. También podrá obtenerse el modelo de solicitud a través de la página web www.mepsyd.es. Se presentarán en el centro docente donde e/la solicitante vaya a quedar matriculado/a para el curso académico 2008-2009.
Los/as padres/madres, tutores/as o representantes legales del alumnado solicitante podrán autorizar al/la directora/a del centro en que esté matriculado/a el/la alumno/a beneficiario/a para que este/a último/a perciba la ayuda a través de la cuenta corriente de dicho centro. La citada autorización deberá manifestarse por escrito en el espacio del impreso de solicitud reservado al efecto y ser firmada por la persona que ostente la patria potestad del/la menor beneficiario/a de la ayuda.
La presentación de la solicitud de beca implicará la autorización al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte para obtener los datos necesarios para determinar la renta a efectos de beca a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá hasta el día 19 de septiembre de 2008, inclusive.
Más información: BOE, núm. 167, de 11 de julio de 2008, págs. 30637 – 30640
Más información: BOE, núm. 167, de 11 de julio de 2008, págs. 30637 – 30640


